Qué vehículos deben tener seguro obligatorio de responsabilidad civil

¿Qué vehículos deben tener un seguro obligatorio de responsabilidad civil?

Al igual que ocurre en la mayoría de los países del mundo, en España es obligatorio tener un seguro para conducir. Las compañías aseguradoras ofrecen las coberturas mínimas, las cuales son obligatorias para circular por la vía pública de forma legal.

Teniendo en cuenta esto, el seguro obligatorio aplica para todos los vehículos a motor, haciendo hincapié en la cobertura de responsabilidad civil. Más allá de la contratación de esta póliza, tener un seguro es muy necesario, ya que te brindará seguridad, protección y, sobre todo tranquilidad.

Además de las coberturas básicas o mínimas que son exigidas para conducir un vehículo a motor, existen otras prestaciones muy útiles. Estas protegen tu coche ante cualquier circunstancia que se presente, teniendo la posibilidad de cubrirte ante un sinfín de eventualidades.

Este artículo te será útil, ya que encontrarás la información más completa acerca de los seguros para vehículos y sabrás por qué son tan importantes. Además, podrás saber concretamente qué vehículos deben tener un seguro obligatorio de responsabilidad civil.

Principales coberturas del seguro de responsabilidad civil obligatorio

Este tipo de seguro tiene como fin cubrir los daños que puedas causar a otros. De esta forma, incluye las siguientes garantías:

  • Daños personales: cubre los daños causados en personas. Por ejemplo, un choque a un peatón o a otro conductor, o un atropello
  • Daños materiales: cubre los daños producidos a otro vehículo, casa, negocio, hasta a animales. Por ejemplo, cuando chocas con otro coche o contra una vivienda

Lo que no incluye este seguro son los daños propios de tu vehículo, ya que sólo protege a los otros, procurándoles asistencia sanitaria y reparándoles los daños provocados.

¿Cuáles son los vehículos que deben tener un seguro de responsabilidad civil?

La norma general que aplica en España establece que cualquier vehículo que circule por vía terrestre, que funcione a motor y que requiera de un permiso de circulación tiene que tener contratado el seguro de responsabilidad civil obligatorio. Por lo tanto, los vehículos que deben tener contratado el seguro obligatorio son los siguientes:

  • Motos
  • Coches
  • Autobuses
  • Ciclomotores
  • Camiones
  • Quads
  • Furgonetas
  • Tractores
  • Cuatriciclos
  • Vehículos de 3 ruedas
  • Vehículos agrícolas

Como puedes observar, están incluidos todos los vehículos a motor que pueden circular, o no, por la carretera. A estos se les añaden los remolques, semirremolques y las máquinas que remolquen y pesan más de 750 kg.

Esto mismo es lo que establece el Real Decreto, afirmando que todos los vehículos a motor están obligados a asegurarse, contratando un seguro de responsabilidad civil. Por lo tanto, según la ley, todos los propietarios de este tipo de vehículos están obligados a mantener un contrato de seguro por cada vehículo que sea titular.

Para que un propietario tenga que contratar un seguro para su vehículo, el mismo debe tener estos factores:

  • Tener matrícula española
  • No llevar matrícula, pero sí un signo distintivo o placa de seguro expedida en España
  • No poseer ninguna de las anteriores, pero que España sea el país de residencia del propietario
  • En el caso de que haya un accidente en el que un coche esté involucrado, se determinará cuando una matrícula ha dejado de corresponder o ya no corresponde a ese vehículo
  • Que el vehículo sea importado desde otro país de la Unión Europea durante 30 días. De esta forma, se podrá asegurar de manera temporal con un seguro de frontera

Excepciones

Existen algunas excepciones a esta norma, se trata de aquellos vehículos que no se adhieren a las normas específicas que regulan los seguros o que las mismas no se han actualizado a ellos. Estos vehículos son los que no necesitan de un seguro obligatorio para poder circular:

  • Bicicletas (eléctricas o no)
  • Patinetes eléctricos
  • Sillas de ruedas eléctricas
  • Monopatines
  • Máquinas remolcadas de menos de menos de 750 kg
  • Vehículos destinados a uso recreativo (juguetes)
  • Vehículos de competición que circulen en circuitos específicos

Por otra parte, existen casos más específicos donde la determinación de si es obligatorio o no vendrá por su uso. Por ejemplo, si es agrícola, industrial, de ocio, relacionado a por qué tipo de vía circula o cuál es su radio de acción.

Por ello, siempre es más recomendable un seguro de responsabilidad civil a terceros, ya que no sirve solamente cuando es obligatorio, sino que te da la tranquilidad de poder circular sin ninguna preocupación.

 

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